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La obra continĂșa y las autoridades no se pronuncian

Mayo 1 de 2014

Pese a las denuncias realizadas desde hace un mes por OPINIÓN CARIBE sobre las evidentes violaciones cometidas por la construcciĂłn de la clĂ­nica Fisa ubicada en la carrera 19 con calle 11C, los funcionarios del orden distrital aĂșn no han ejercido la autoridad respectiva para corregir la obra, la cual, a las claras, viola las normas de construcciĂłn, y mientras tanto, continĂșa erigiĂ©ndose sin control alguno.

 

En su ediciĂłn nĂșmero 52, OPINIÓN CARIBE denunciĂł las violaciones de normatividad en las que incurrĂ­a la edificaciĂłn de la clĂ­nica Fisa de propiedad de la organizaciĂłn de la salud el Amparo S.A.S, con sede en el municipio de FundaciĂłn. AnomalĂ­as que fueron ratificadas por la SecretarĂ­a de PlaneaciĂłn mediante oficio fechado el pasado 26 de marzo, donde manifiesta que la construcciĂłn se lleva a cabo sin la respectiva licencia, y que ademĂĄs se ha construido sobre un antejardĂ­n.

 

Frente al hecho, la CuradurĂ­a urbana nĂșmero 1, que tramita la licencia, asegura que no se expidiĂł la misma debido a que los solicitantes carecĂ­an de algunos requerimientos, y a que era necesaria la correcciĂłn de los planos porque algunas de sus columnas estaban por fuera de la lĂ­nea de construcciĂłn.

 

OPINIÓN CARIBE intentĂł obtener declaraciones del curador Carlos Alberto ManjarrĂ©s, quien recibiĂł la solicitud de licencia de construcciĂłn. El funcionario quien pasa por un mal momento de salud no ejerce su cargo, y en su oficina manifiestan que no hay quien pueda dar declaraciones oficiales frente al caso.

 

De acuerdo al Ingeniero Luis Contreras, entrevistado por este medio, se debe aplicar la Ley del 810 del RĂ©gimen Sancionatorio cuando un hecho es tan estrictamente notorio. Esta ley dice que en las actuaciones urbanĂ­sticas que carecen de licencia de construcciĂłn, el Alcalde o su delegado de oficio dispondrĂĄn la medida policiva de suspensiĂłn inmediata de todas las obras respectivas.

 

Agrega el ingeniero Contreras que de acuerdo al cĂłdigo nacional de PolicĂ­a, la SecretarĂ­a de PlaneaciĂłn cuando realizĂł la visita de inspecciĂłn ocular, ha debido ordenar un sellamiento simultĂĄneo de la obra y notificar a quien estuviera en el momento respondiendo por dicha construcciĂłn.

 

AÚN NO APARECE LA AUTORIDADA

 

pesar de que Liane Saumeth, secretaria de PlaneaciĂłn, manifestĂł que estudiarĂ­a el caso y realizarĂ­a la reglamentaria notificaciĂłn a la SecretarĂ­a de Gobierno, para que se diera la imposiciĂłn de sanciones, que podrĂ­an ir desde la suspensiĂłn de la obra hasta incluso, su demoliciĂłn, y se mostrĂł consciente de que de otorgarse la licencia era mĂĄs complicado hacer acciones, han pasado cerca de 30 dĂ­as y aĂșn las medidas preventivas de suspensiĂłn de obra no se han dado, y las actividades en la construcciĂłn de la clĂ­nica continĂșan.

 

Intentamos dialogar con la Secretaria de PlaneaciĂłn frente al tema pero nunca respondiĂł las llamadas y atendiĂł las citas programadas. Respecto al mismo tema el secretario de Gobierno, Rafael MartĂ­nez, asegurĂł que Ă©l aĂșn no ha sido notificado del caso.

 

Al respecto de la demora en el accionar de las secretarĂ­as, un ex funcionario de PlaneaciĂłn distrital, asegurĂł que se trata de falta de efectividad de los organismos, y que esos procesos sancionatorios se demoran y sĂłlo se hacen efectivos si los afectados radican quejas, querellas, mociones y solicitudes, y se llenan de papeles hasta que la SecretarĂ­a de PlaneaciĂłn solicite la paralizaciĂłn preventiva de la obra a la SecretarĂ­a de Gobierno, para que esta luego la haga efectiva.

 

También manifestó esta persona, quien quiso estar en el anonimato, que el proceso se podría demorar porque en las secretarías no se le da prioridad a las nuevas radicaciones sino a las que vienen de antes, y porque así se manejan en las secretarías las situaciones en las cuales no se quieren involucrar.

 

POSICIÓN DEL IGAC

 

Frente al tema del crecimiento urbano, Juan Antonio Nieto, director nacional de Instituto GeogrĂĄfico AgustĂ­n Codazzi, manifestĂł que el paĂ­s se estĂĄ quedando sin suelo para construir y estĂĄ creciendo hacia arriba o redensificĂĄndose, y que dicho crecimiento no es malo siempre y cuando sea planificado, por lo cual los alcaldes deben dedicarse mĂĄs a la planificaciĂłn y a la revisiĂłn de los Planes de Ordenamiento Territorial, ya que asegura el funcionario estos no se confeccionan como deben ser sino que a veces se realizan a conveniencia de algunos sectores.

 

INVACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO

 

Teniendo en cuenta que el artĂ­culo cinco del Decreto 1504 de 1998 que reglamenta el manejo del espacio pĂșblico, contemplan los antejardines de propiedad privada como elemento constitutivo artificial y parte integral del perfil vial, y por ende del espacio pĂșblico, cabe mencionar que Ley 810 de 2010 en su artĂ­culo 107 habla de la restituciĂłn de elementos del espacio pĂșblico dejando de manifiesto que “los elementos constitutivos del espacio pĂșblico que fuesen destruidos o alterados, deberĂĄn restituirse en un tĂ©rmino en dos meses contados a partir de la providencia que impongan la sanciĂłn. El incumplimiento de esta obligaciĂłn darĂĄ lugar a la imposiciĂłn de multas sucesivas por cada mes de retardado, en las cuantĂ­as señaladas en el numeral 2 del artĂ­culo 104 de la presente ley y la suspensiĂłn de los servicios pĂșblicos domiciliarios, de conformidad con lo señalado en la Ley 142 de 1994”.

 

LAS ACTUACIONES

 

La Ley 400 de 1997 en el artĂ­culo nĂșmero 52 explica que las alcaldĂ­as, las secretarĂ­as o departamentos administrativos correspondientes, podrĂĄn ordenar la demoliciĂłn de las construcciones que se adelanten sin cumplimiento de las prescripciones, normas y disposiciones que esta ley y sus reglamentos establecen, sin perjuicio de las demĂĄs sanciones que prevean las disposiciones legales o reglamentarias.

 

LOS PROPIETARIOS

 

La OrganizaciĂłn de la salud El Amparo S.A.S. con Nit 900341194-8 cuyas instalaciones se encuentra en FundaciĂłn, tiene como objeto social la prestaciĂłn de servicios mĂ©dicos generales Y especializados de una clĂ­nica. En su certificado de CĂĄmara de Comercio renovado por Ășltima vez en el 2010, se encuentra registrado como gerente la señora Ingrit Teresa Mercado GutiĂ©rrez y como suplente es el señor Jorge Isaac Parra JimĂ©nez. Actualmente su representante legal es el abogado Luis Fernando Mendoza.

LĂ­nea de atenciĂłn: (57) (5) 4210101 

Cel: 300 815 46 18

Santa Marta, Colombia

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